Información orientativa. El IMSS o tu Afore determinan si cumples los requisitos y el monto. Confírmalo con la institución antes de hacer el trámite.
Quién tiene derecho
El seguro de guarderías del IMSS cubre el cuidado de las hijas e hijos en la primera infancia de las personas trabajadoras aseguradas, durante su jornada de trabajo (LSS, artículo 201). La ley habla de personas trabajadoras, sin distinguir entre madres y padres.
El beneficio también puede extenderse a quienes, por resolución judicial, ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor, siempre que estén vigentes en el IMSS y no puedan darle la atención y los cuidados.
Edades
El servicio se da desde los 43 días de nacido hasta que cumpla 4 años (artículo 206). Los 43 días coinciden con el fin de la incapacidad posterior al parto, que es de 42 días.
Desde cuándo y hasta cuándo
- Desde tu alta en el IMSS: tienes derecho al servicio a partir de que tu patrón te da de alta (artículo 207).
- Si te dan de baja, conservas el derecho durante las 4 semanas siguientes.
Qué incluye el servicio
Los servicios de guardería incluyen el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de las niñas y niños (LSS, artículo 203). La ley pide que se presten cuidando su salud y su desarrollo, y fomentando hábitos de higiene y convivencia de acuerdo con su edad (artículo 202). El IMSS los da en instalaciones ubicadas por zonas cercanas a los centros de trabajo y de vivienda, en las localidades donde opera el régimen obligatorio (artículo 204).
Turnos
El servicio se da en turno matutino y vespertino, durante las horas de tu jornada de trabajo. Si trabajas de noche, tu hija o hijo puede tener acceso a alguno de esos turnos (artículo 205).
Quién lo paga
Lo pagan los patrones: una prima del 1 % del salario base de cotización de cada trabajador (artículos 211 y 212), aunque no tengan trabajadores con hijos en edad de guardería. A ti no te descuentan nada por este seguro. Puedes ver todas las cuotas del patrón en la calculadora del costo de un trabajador.
Cómo se solicita
La inscripción se hace en la guardería del IMSS que elijas, según los lugares disponibles, conforme al reglamento del seguro de guarderías. Revisa los requisitos y documentos actuales en la guardería o en el portal del IMSS antes de ir.
Otros derechos relacionados
- Licencia de maternidad: 12 semanas con salario íntegro; el IMSS paga el 100 % de tu salario de cotización si tienes 30 semanas cotizadas en el último año. Revisa licencias de maternidad y paternidad.
- Lactancia: dos descansos de media hora al día durante los primeros 6 meses, o una hora menos de jornada.
- Incapacidad por maternidad: calcula el monto con la calculadora de incapacidad del IMSS.
Fuente: Ley del Seguro Social, última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026.