Información orientativa. El monto exacto depende de tu contrato y de tu recibo de nómina. Si tienes un problema con tu aguinaldo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) asesora gratis.
Para calcular el tuyo: en la calculadora de esta página cambia los "días de aguinaldo" a 40, o abre la calculadora con 40 días.
Cuánto es y cuándo se paga
La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado da un aguinaldo anual de al menos 40 días de salario, que se paga en dos partes (LFTSE, artículo 42 Bis):
| Parte | Fecha límite |
|---|---|
| Primer 50 % | Antes del 15 de diciembre |
| Segundo 50 % | A más tardar el 15 de enero |
La ley dice que el aguinaldo está comprendido en el Presupuesto de Egresos y que se paga "sin deducción alguna". Si no trabajaste el año completo, el Ejecutivo Federal fija las proporciones y el procedimiento para pagarte la parte que te corresponde.
A quién aplica
La LFTSE rige a los trabajadores de las dependencias de los Poderes de la Unión, del antiguo Gobierno del Distrito Federal y de las instituciones que enumera, como el ISSSTE, la Lotería Nacional y otros organismos descentralizados con funciones de servicio público (artículo 1o.). La relación de trabajo se establece con los trabajadores de base (artículo 2o.).
No aplica a:
- Trabajadores de empresas privadas: su aguinaldo es de al menos 15 días y se paga antes del 20 de diciembre, según la Ley Federal del Trabajo. Revisa cuándo pagan el aguinaldo.
- Trabajadores de gobiernos estatales y municipales: se rigen por las leyes de su estado, que pueden dar otros días y fechas.
Ejemplo
Con un sueldo de $15,000 al mes, el salario diario es de $500 y 40 días de aguinaldo son $20,000: $10,000 antes del 15 de diciembre y $10,000 a más tardar el 15 de enero.
El ISR del aguinaldo
La Ley del ISR exenta el aguinaldo hasta 30 UMA, $3,519.30 en 2026, para cualquier trabajador. Con 40 días, la parte que pasa de esa cantidad es mayor que con 15, así que revisa en tu recibo cuánto te retienen. La calculadora de esta página estima el ISR con el procedimiento que usan los patrones privados; tu dependencia puede aplicar un cálculo distinto. Más detalle en el ISR del aguinaldo.
Otras prestaciones
Tu dependencia o tus condiciones generales de trabajo pueden darte prestaciones adicionales, como más días de aguinaldo, vales de fin de año o bonos. Revisa tu recibo o pregunta en tu área de recursos humanos.
Fuente: Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026.