Cálculo orientativo. El monto exacto depende de tu recibo de nómina y de cómo tu empresa aplique las reglas fiscales; consulta a un contador si tienes dudas.
Qué es el fondo de ahorro
Es una prestación que algunas empresas dan a sus trabajadores: cada quincena o mes se descuenta un porcentaje de tu salario y la empresa aporta la misma cantidad. El dinero se junta durante el año y se entrega, normalmente, una vez al año. La Ley Federal del Trabajo no obliga a darlo: depende de tu contrato o del contrato colectivo.
Las reglas fiscales
Para que la aportación de la empresa sea deducible para ella y el fondo esté exento de ISR para ti, la Ley del ISR pide que (artículo 27, fracción XI):
- El fondo sea general: para todos los trabajadores en las mismas condiciones.
- La empresa aporte lo mismo que tú.
- La aportación de la empresa no pase del 13 % de tu salario.
- Tampoco pase de 1.3 salarios mínimos generales elevados al año; por la reforma de desindexación de 2016, esa referencia se aplica como UMA: $55,633.03 al año con la UMA de 2026.
- Se cumplan los requisitos de permanencia del reglamento de la ley.
Cuando el fondo cumple esos requisitos, lo que recibes de él está exento de ISR (artículo 93, fracción XI). La calculadora te avisa si la aportación de la empresa pasa el tope de 1.3 UMA anuales, prorrateado por los meses que ahorras.
Cómo se calcula
- Aportación mensual = salario mensual × porcentaje.
- Tú aportas esa cantidad y la empresa la misma.
- Fondo al final = (tu aportación + la de la empresa) × meses.
Por ejemplo, con un sueldo de $15,000 y un fondo de 13 %, cada mes aportan $1,950 tú y $1,950 la empresa: $46,800 al año. La calculadora no incluye los rendimientos que pueda generar el fondo.
El límite de previsión social
El fondo de ahorro es una prestación de previsión social. Si la suma de tu sueldo y tus prestaciones exentas de previsión social pasa de 7 salarios mínimos generales elevados al año, la exención de esas prestaciones se limita a un salario mínimo general anual, sin que el resultado sea menor a esos 7 salarios mínimos (último párrafo del artículo 93 de la Ley del ISR). Si ganas un sueldo alto, pide a tu área de nómina que te confirme qué parte de tu fondo es exenta.
Si sales de la empresa
Lo que aportaste tú es tuyo. Si renuncias o te despiden antes de la entrega anual, la devolución de tu parte y de la de la empresa depende de las reglas del fondo: pídelas por escrito a tu área de recursos humanos.
Fuente: Ley del Impuesto sobre la Renta, última reforma publicada en el DOF el 1 de abril de 2024.