Periodo de prueba: cuánto dura y qué derechos tienes

30 días como máximo, por escrito y con todos tus derechos.

Información orientativa. Cada caso depende de tu contrato y de los hechos. Para tu situación concreta, consulta a un abogado laboral o a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que asesora gratis.

Cuánto dura

La Ley Federal del Trabajo permite pactar un periodo de prueba en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o que duren más de 180 días (LFT, artículo 39-A):

Puesto Duración máxima
La mayoría de los puestos 30 días
Dirección, gerencia, administración general o labores técnicas o profesionales especializadas 180 días

Su único fin es verificar que cumples con los requisitos y conocimientos para el trabajo.

Tus derechos durante la prueba

Durante el periodo de prueba tienes derecho a:

  • El salario del puesto.
  • La seguridad social: la ley exige que el periodo de prueba garantice tu seguridad social, así que tu patrón debe inscribirte en el IMSS como a cualquier trabajador.
  • Las prestaciones de la categoría o puesto que desempeñas.

Además, el periodo de prueba cuenta para tu antigüedad si sigues trabajando al terminar (artículo 39-E).

Reglas que el patrón debe cumplir

  • Por escrito: el periodo de prueba debe constar por escrito y garantizar tu seguridad social. Si no, la relación se considera por tiempo indeterminado desde el inicio (artículo 39-C).
  • No se prorroga: el periodo de prueba no se puede alargar (artículo 39-D).
  • Solo una vez: en una misma empresa no se pueden aplicar al mismo trabajador periodos de prueba sucesivos ni en más de una ocasión, ni siquiera por un cambio de puesto, un ascenso o una nueva contratación con el mismo patrón (artículo 39-D).

Qué pasa al terminar

  • Si acreditas los requisitos, la relación continúa por tiempo indeterminado.
  • Si no los acreditas a juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento, la relación termina sin responsabilidad para el patrón: no hay indemnización, pero sí debes recibir tu finiquito por los días trabajados (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales).

Calcula lo que te corresponde con la calculadora de finiquito.

Capacitación inicial: otra figura

La relación de trabajo para capacitación inicial sirve para que adquieras los conocimientos para el puesto. Dura como máximo 3 meses, o 6 meses en puestos de dirección o que requieran conocimientos profesionales especializados, y también te da salario, seguridad social y prestaciones (artículo 39-B). No se puede combinar con un periodo de prueba para el mismo trabajador en la misma empresa.

Si te despiden fuera de estas reglas

Si el periodo de prueba no constaba por escrito, duró más de lo permitido o ya te habían aplicado otro, la terminación puede ser un despido injustificado. Revisa qué hacer ante un despido injustificado: tienes 2 meses para reclamar.

Fuente: Ley Federal del Trabajo, última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Como máximo 30 días, o hasta 180 días en puestos de dirección, gerencia o labores técnicas o profesionales especializadas.

¿Me deben dar IMSS en el periodo de prueba?

Sí. Durante el periodo de prueba tienes salario, seguridad social y las prestaciones del puesto.

¿Me pueden poner otro periodo de prueba?

No. Es improrrogable y no se puede aplicar más de una vez al mismo trabajador en la misma empresa, aunque cambies de puesto.