Cálculo orientativo. La retención real depende de cómo calcule tu patrón la nómina y de tus demás ingresos del mes. Para un caso concreto, consulta a un contador.
Qué parte está exenta
| Concepto | Exento hasta | Base legal |
|---|---|---|
| Indemnizaciones y prima de antigüedad | 90 UMA por cada año de servicio (más de 6 meses cuenta como año completo) | LISR art. 93 fr. XIII |
| Aguinaldo | 30 UMA | LISR art. 93 fr. XIV |
| Prima vacacional | 15 UMA | LISR art. 93 fr. XIV |
| Salario pendiente y vacaciones | No están exentos |
La ley dice "salario mínimo" en estas exenciones; desde la reforma de desindexación de 2016 se aplican como UMA.
Cómo se calcula la retención
- Indemnizaciones y prima de antigüedad: a la parte gravada se le aplica una tasa igual al ISR de tu último sueldo mensual entre ese sueldo. Si lo gravado es menor que tu sueldo, se usa la tarifa mensual (LISR art. 96).
- Salario pendiente, vacaciones y la parte gravada del aguinaldo y la prima vacacional: tarifa mensual de 2026.
Lo que no incluye
No considera tus demás ingresos del mes, el subsidio para el empleo ni el cálculo anual del artículo 95, que puede ajustar el impuesto al final del año.
Fuente: Ley del Impuesto sobre la Renta.
Ejemplo: liquidación con 5 años
Con un sueldo de 15,000 pesos al mes, 5 años de antigüedad, una indemnización de 3 meses de 45,000 pesos y 20 días por año de 50,000 pesos:
- Exento: 90 UMA × 5 años = 90 × 117.31 × 5 = 52,789.50 pesos.
- Gravado: 95,000 − 52,789.50 = 42,210.50 pesos.
- ISR: se aplica la tasa del ISR de tu último sueldo mensual a lo gravado, unos 3,948 pesos.
- Neto de las indemnizaciones: unos 91,052 pesos.
La tabla de abajo compara tres sueldos con la misma antigüedad.
Cómo leer tu resultado
- Exento por separación: el tope de 90 UMA por año de servicio. Más de seis meses cuentan como un año completo.
- ISR por separación: el de las indemnizaciones y la prima de antigüedad.
- ISR ordinario: el del salario pendiente, las vacaciones y la parte gravada del aguinaldo y la prima vacacional.
- Neto: lo que recibirías después de ambas retenciones.
Revisa tu constancia
Tu patrón debe entregarte el comprobante fiscal (CFDI) de la nómina de tu finiquito o liquidación, con el ISR retenido. Guárdalo para tu declaración anual: si te retuvieron de más, puedes recuperar la diferencia.
Ejemplo: finiquito por renuncia
Cuando renuncias no hay indemnizaciones, así que todo el ISR sale del cálculo ordinario. Con 15,000 pesos al mes y 2 años y medio de antigüedad, un finiquito de 8,698.63 pesos (aguinaldo de 3,698.63, vacaciones de 4,000 y prima vacacional de 1,000):
- El aguinaldo casi todo queda exento: solo 179.33 pesos rebasan las 30 UMA.
- La prima vacacional queda exenta completa, por debajo de 15 UMA.
- Las vacaciones son gravadas completas.
- ISR estimado: unos 230 pesos sobre 4,179.33 pesos gravados; el neto queda en unos 8,469 pesos.
En una liquidación por despido, las indemnizaciones y la prima de antigüedad tienen además su propio tope exento de 90 UMA por año.