Día de descanso y séptimo día

Un día pagado por cada 6 de trabajo y qué pasa si lo trabajas.

Información orientativa. Cada caso depende de tu contrato y de los hechos. Para tu situación concreta, consulta a un abogado laboral o a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que asesora gratis.

Un día de descanso pagado por cada seis de trabajo

Por cada seis días de trabajo, tu patrón debe darte al menos un día de descanso con salario íntegro (LFT, artículo 69). Es lo que se conoce como "séptimo día": aunque no trabajas, te lo pagan.

  • La ley procura que el descanso semanal sea en domingo (artículo 71).
  • En trabajos de labor continua, el día de descanso se fija de común acuerdo entre trabajadores y patrón (artículo 70).
  • Tu contrato puede darte más días de descanso, por ejemplo dos a la semana, pero no menos de uno por cada seis trabajados.

Cómo se paga

Si te pagan por mes o por quincena, el séptimo día ya va incluido: la ley convierte el salario mensual a diario dividiendo entre 30 días, que incluyen tus días de descanso (artículo 89). Si te pagan por semana, tu pago debe cubrir los siete días: seis de trabajo y uno de descanso.

Para saber cuánto vale tu día, usa la calculadora de sueldo por hora y por día.

Si no trabajaste toda la semana

Cuando no trabajas todos los días de la semana, o trabajas para varios patrones, tienes derecho a la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre lo que ganaste en los días trabajados (artículo 72). Por eso, una falta puede reducir también el pago proporcional del séptimo día.

Por ejemplo, si trabajas 3 de los 6 días de la semana, te corresponde la mitad del salario del día de descanso.

Si trabajas tu día de descanso

No estás obligado a trabajar tu día de descanso. Si lo trabajas, tu patrón debe pagarte, además del salario del descanso, un salario doble por el servicio prestado (artículo 73). En total recibes el equivalente a tres días de salario.

Calcula el pago con la calculadora de día festivo o de descanso trabajado.

Si tu descanso no es el domingo

Si trabajas el domingo y descansas otro día, además de tu salario te corresponde la prima dominical de al menos 25 % del salario de un día (artículo 71). Revisa la calculadora de prima dominical.

Días de descanso obligatorio

Además del descanso semanal, hay días de descanso obligatorio, como el 1 de enero, el 16 de septiembre o el 25 de diciembre. Están en el artículo 74 y te los explicamos en la página de días festivos.

Ejemplo con un sueldo semanal

Si ganas $3,500 a la semana, tu salario diario es de $500 ($3,500 entre 7 días, porque el pago cubre también el descanso).

Situación Lo que te corresponde
Trabajas los 6 días $3,500: seis días trabajados más el séptimo día
Trabajas tu día de descanso $3,500 más $1,000 de salario doble
Trabajas 3 de los 6 días $1,500 por los días trabajados más $250 del séptimo día proporcional

Fuente: Ley Federal del Trabajo, última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el séptimo día?

El día de descanso semanal con salario íntegro que te corresponde por cada seis días de trabajo, según el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Si falto me quitan el séptimo día?

El descanso se paga en proporción a los días trabajados: si no trabajas toda la semana, te corresponde la parte proporcional del séptimo día.

¿Cuánto me pagan si trabajo mi día de descanso?

Además del salario del descanso, un salario doble: el equivalente a tres días de salario.