Cálculo orientativo. El monto real depende de tu contrato, de tu salario integrado y de lo que acuerdes o resuelva la autoridad. Para un caso concreto, consulta a un abogado laboral o a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que asesora gratis.
Qué es la prima dominical
Si trabajas en domingo, tienes derecho a una prima adicional de al menos 25 % sobre el salario de un día ordinario de trabajo (LFT, artículo 71, párrafo reformado en el DOF el 1 de mayo de 2026). Se paga por cada domingo que trabajes, aunque el domingo sea un día normal de tu jornada y tu descanso sea otro día de la semana.
La ley pide que, en lo posible, el día de descanso semanal sea el domingo; cuando no lo es, la prima compensa trabajar ese día.
Cómo se calcula
- Salario diario = salario mensual ÷ 30 (artículo 89).
- Prima por domingo = salario diario × 25 %, o el porcentaje mayor que diga tu contrato.
- Prima total = prima por domingo × número de domingos trabajados.
Por ejemplo, con un sueldo de $15,000 al mes tu salario diario es de $500, y cada domingo trabajado te deben $125 adicionales: $500 en un mes con cuatro domingos.
Prima dominical y día de descanso no son lo mismo
- Prima dominical (artículo 71): trabajas en domingo y tienes otro día de descanso en la semana. Te pagan tu salario del día más el 25 %.
- Trabajar en tu día de descanso (artículo 73): si el domingo es tu día de descanso y te piden trabajarlo, además de tu salario te deben un salario doble por el servicio prestado. En ese caso usa la calculadora de día festivo o de descanso trabajado. La ley no obliga a trabajar en el día de descanso.
Si un domingo es a la vez tu día de descanso, revisa con tu patrón o con la Profedet cómo se combinan ambos pagos en tu caso.
Si no te la pagan
Revisa tu recibo de nómina: la prima dominical suele aparecer como un concepto aparte. Si no aparece, puedes pedir la aclaración a tu patrón y, si no se resuelve, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o al Centro de Conciliación Laboral de tu estado.
Impuestos
La calculadora muestra el monto bruto. La prima dominical está exenta de ISR hasta el equivalente de un salario mínimo general por cada domingo trabajado (Ley del ISR, artículo 93, fracción XIV); desde la reforma de desindexación de 2016 esa referencia se entiende hecha a la UMA, igual que en la prima vacacional. Lo que pase de ese límite se suma a tu sueldo para el cálculo del impuesto.
Fuente: Ley Federal del Trabajo, última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026.